El 15 de septiembre de 2021 fue publicada la ley que regula el acoso sexual, la violencia y discriminación de género en el ámbito de la educación superior. Desde entonces, las instituciones cuentan con el plazo de un año para tener una política integral en esta materia, con modelos de prevención y de sanción de dichas conductas, elaborados de manera participativa.
En concreto, las instituciones de educación superior deberán cumplir al próximo 15 de septiembre de 2022 con los siguientes requisitos: contar con una política integral contra el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, la que deberá contemplar dos modelos: uno de prevención y otro de investigación y sanción. Además, cada uno de estos modelos deberá contar con unidades de implementación, y de investigación y sanción, separadas, integradas por personal capacitado en derechos humanos y perspectiva de género, dotadas de recursos humanos, presupuesto suficiente y facultades para el efectivo cumplimiento de sus respectivas tareas.
En cuanto a las medidas de difusión, además tendrán un año contado desde la implementación de sus modelos.
La normativa también fijó que la Superintendencia de Educación Superior (SES) sea la competente para sancionar el incumplimiento de las obligaciones contenidas en dicha legislación. Es decir, le compete fiscalizar y supervisar que las instituciones implementen oportunamente esos instrumentos; que cuenten con las unidades responsables correspondientes; y que adopten las medidas de capacitación y difusión exigidas en la mencionada ley.
Para ver información revisa la nota publicada por Emol aquí https://bit.ly/3onVgpK