La nueva ley denominada Proyecto Pro Consumidor comenzó a regir a fines de diciembre pasado y estableció una serie de modificaciones legales que incentivan la protección de los derechos de los consumidores en distintos ámbitos. Algunas de estos cambios a la norma están enfocados en la educación superior y, en lo particular, su cumplimiento será fiscalizado por la Superintendencia de Educación Superior (SES).
Una de estas reformas regula la obligación de las casas de estudios superiores de otorgar, de forma gratuita, diversos certificados académicos y de deuda a sus estudiantes. “Los establecimientos de educación superior, institutos profesionales y de formación técnica deberán otorgar gratuitamente los certificados de estudios, de notas, de estado de deuda u otros análogos, a solicitud del alumno, exalumno o de aquel que haya suspendido sus estudios o se encuentre moroso en la respectiva institución educacional”, señala la nueva Ley N° 21.398.
Así también se establece que la solicitud de estos documentos podrá realizarla el interesado hasta dos veces en un año; que la institución tendrá un plazo de hasta 10 días hábiles para entregarlos, contados desde la presentación de la respectiva solicitud; y que se podrán emitir en formato electrónico, siempre que las casas de estudios cuenten con los medios electrónicos necesarios, ya que de no contar con ellos o de ser solicitados expresamente, deberán entregarlos en papel.
Documentos relacionados
- Revisa la Ley
- Oficio Ordinario N° 320 sobre el alcance de la expresión “u otros análogos”