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Plan de fiscalización SES: 95,4% de las instituciones de educación superior cuenta con política integral contra el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género

La Superintendencia de Educación Superior (SES) dio a conocer los resultados preliminares del Primer plan de fiscalización a instituciones de educación superior sobre las obligaciones contenidas en la Ley N°21.369, que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito académico. A dos meses de iniciada la exigibilidad de las nuevas medidas, la SES pudo constatar que el sistema de educación superior avanza en la dirección correcta para la adecuada implementación de la Ley.

A nivel de resultados, el órgano regulador recibió información de un total de 153 instituciones de educación superior, incluyendo universidades, institutos profesionales, centros de formación técnica e instituciones pertenecientes a las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública.

A continuación, se detallan los resultados preliminares de las principales materias que la Superintendencia requirió a las instituciones de educación superior informar y acompañar los antecedentes que acrediten el cumplimiento de las nuevas exigencias. Puedes ver también la información publicada por Emol y BiobioChile.cl.

De la totalidad de las casas de estudios supervisadas, el 95,4% declaró contar con una Política Integral contra el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, y sólo 7 instituciones, correspondiente al 4,6% del total del sistema, indicaron no tener dicha política disponible aún.

Cabe señalar que, respecto a aquellas casas de estudios que reportaron no contar aún con una política integral en esta materia y, así también, con los cuatro planteles académicos que no entregaron la información requerida, esta Superintendencia procedió a iniciar los procesos administrativos sancionatorios correspondientes, con la finalidad de que las instituciones en cuestión puedan entregar sus descargos y, en base a ello, definir las sanciones que correspondan.

En lo referido a cómo se estructura la Política Integral contra el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, un 44,5% de las instituciones que declara contar con dicha política la consolida en un documento único, mientras un 48,6% ha organizado su política en un conjunto de instrumentos. Entre las instituciones que declararon contar con una organización de formatos distinta a las anteriormente señaladas, se mencionan decretos de rectoría, políticas complementarias de diversidad e inclusión y cartillas de procedimientos específicos contra el acoso sexual, la violencia
y la discriminación de género.

De las instituciones que declararon contar con una Política Integral, 140 reportaron la existencia de un modelo de prevención (95,8%) y 142 contar con un modelo de investigación y sanción del acoso sexual, la violencia y la discriminación de género (97,2%).

Por su parte, a la fecha de aplicación del Plan de Fiscalización de la Superintendencia de Educación Superior, un 90,8% de las instituciones reconoce contar con unidades responsables de la implementación de políticas, planes, protocolos y reglamentos contra el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género. Este porcentaje aumenta a un 92,8% al consultar por la existencia de una unidad responsable de llevar a cabo los procesos de investigación y sanción en estas materias.

En lo relativo a la existencia de una estrategia de comunicación orientada a garantizar que las políticas, planes, protocolos y reglamentos sean conocidos al interior de las instituciones por parte de sus comunidades educativas, se advierte que un 88,9% de ellas se encuentra en condiciones de acreditar avances en la materia.

El Superintendente (S) de Educación Superior, Gerardo Egaña, señaló que este primer proceso de fiscalización a la implementación de las nuevas exigencias que establece la Ley 21.369 “nos confirma que el sistema de educación superior, en general, ha respondido de muy buena manera a la necesidad de prevenir y regular el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito académico. Estos primeros resultados han permitido detectar rápidamente dónde están los casos más complejos y poder iniciar los correspondientes procedimientos administrativos sancionatorios. Pero esto no queda ahí, ya que, una vez revisada la totalidad de la información recopilada, procederemos a identificar y a requerir antecedentes adicionales a aquellas instituciones que puedan presentar inconsistencias en sus reportes, de manera de activar todas las facultades fiscalizadoras que nos entrega la ley para resguardar el fiel cumplimiento de la norma”.

El Superintendente (S) agregó que “el tratamiento de temáticas como el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género por parte de todos los miembros de las comunidades educativas supone un cambio cultural que debe darse al interior de todas las instituciones de educación superior y que nosotros, como Superintendencia, iremos monitoreando para resguardar que se cumpla la ley y de esa manera poder contribuir progresivamente a prevenir y desterrar definitivamente estas lamentables conductas de nuestros espacios educacionales”.

Finalmente, la Superintendencia de Educación Superior buscó tener una panorámica respecto del nivel de participación de los distintos estamentos pertenecientes a la comunidad educativa en la elaboración de las políticas, protocolos, planes y reglamentos para abordar las temáticas de acoso sexual, violencia y discriminación de género. Lo anterior, atendiendo a la exigencia planteada en la ley referida a desplegar instancias de participación en la elaboración y validación de estos documentos. Analizando los resultados, es posible identificar un nivel alto de participación de la comunidad educativa en la formulación de los modelos de prevención y de investigación y sanción, con un 78,8% de las instituciones que reportaron haber involucrado a todos los estamentos en dicha formulación.

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RECLAMO​

El reclamo es la petición realizada a la Superintendencia para que ésta intervenga como mediador en la controversia existente entre el reclamante y alguna de las instituciones de educación superior fiscalizadas.

Finalidad del Reclamo:

Proponer una alternativa de solución al problema particular del reclamante en una eventual mediación que instruya la Superintendencia.

Para ingresar un Reclamo ¿qué debo considerar?​

Soy la persona interesada o la represento

Tengo un problema que no he podido solucionar con una Institución de Educación Superior.
Tengo antecedentes para acreditar el problema (correos electrónicos, audios, textos, documentos formales, etc.) con la institución de educación superior.

Proponer una alternativa de solución al problema particular del reclamante en una eventual mediación que instruya la Superintendencia.

Etapas del Reclamo

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DENUNCIA:

La denuncia es el acto por medio del cual se pone en conocimiento a la Superintendencia de una eventual irregularidad, con el objeto de que ésta investigue y adopte las medidas que correspondan

Finalidad de la Denuncia:

Aplicar por parte de la Superintendencia las sanciones que
correspondan de conformidad con la ley.

Es importante considerar que la denuncia NO persigue una
solución al problema particular del denunciante

Para ingresar una Denuncia ¿qué debo considerar?

Soy la persona interesada o la represento.

Quiero o NO quiero revelar mi identidad (Si la opción es NO se comunicará con usted un funcionario de la SES para levantar o ratificar dicha reserva).

Puedo describir los hechos concretos constitutivos de infracción, el lugar y fecha en que ocurrieron.

De ser posible, identificaré al presunto infractor (docente, estudiantes, autoridad administrativa, etc.).

Etapas de la denuncia

¿Qué tipo de Denuncias son competencia de la SES?

En virtud de las categorías de denuncias: 

Obtención de antecedentes académicos: certificados (notas, alumno regular, ranking, reconocimiento de horas, título, grado y egreso), planes y programas, concentración de notas

Problemas en la comunidad institucional derivados de incumplimientos de la reglamentación interna de las instituciones 

Cobros por retiro o suspensión académica, cobro errado.

Beneficios y/o ayudas estudiantiles (becas y créditos) 


    Publicidad engañosa 
   Infraestructura o equipamiento, laboratorios, soporte informático 

    Postulación y admisión prueba de selección 

    Política integral contra el acoso sexual, violencia y discriminación de género 

¿Qué tipo de Denuncias no son competencia de la SES?

  Incumplimientos en materia de Educación escolar 

  Postulación y renovación de becas asignadas por el Ministerio de Educación

 Instituciones de educación superior no reconocidas por el Estado

 Requerimientos en instituciones cerradas 

 Materias laborales

  Matrícula asociada a documentación migratoria